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SUTEBA, a la Directora General  de Cultura y Educacion  de la provincia de Buenos Aires, Lic. Agustina Vila.

En mi carácter de Secretario General del Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación de Buenos Aires (SUTEBA, Personería Gremial 1418), me dirijo a usted a los efectos de impugnar el Artículo 2 de la Resolución Nº 2020-554-GDEBA-DGCYE ya que la misma no guarda congruencia con el resto de la normativa nacional y provincial, en referencia a la pandemia que estamos sufriendo de COVID-19 y la epidemia de dengue en nuestro país, y en el caso que nos ocupa en el territorio de la provincia de Buenos Aires.

El mencionado artículo habla de normalidad en la asistencia de Docentes y Auxiliares a las Escuelas no teniendo en cuenta la intención del comité de expertos de reducir al máximo la circulación de personas, las reuniones entre las mismas y, según la normativa nacional, establecer guardias mínimas que garanticen en este caso la continuidad pedagógica de los Alumnos y el suministro de alimentos a través del SAE.

Entendemos que, como sucedió en otra oportunidad en la provincia de Buenos Aires con la gripe A H1N1, es el Director de la Escuela, en comunicación con el Inspector, el que debe establecer, conforme a los lineamientos de la DGCyE, las acciones de trabajo y la organización del mismo para garantizar la distribución de las tareas en relación a la continuidad pedagógica, por medios virtuales o tradicionales según la posibilidad del Alumno/a, y garantizar el Servicio Alimentario Escolar, REDUCIENDO AL MÁXIMO LA CIRCULACIÓN DE PERSONAS y la concentración de las mismas.

Establecer una supuesta normalidad frente a una situación absolutamente extraordinaria genera incertidumbre, angustia, contribuye a una suerte de intranquilidad colectiva y alimenta el temor que todos/as tenemos ante una situación extraordinaria riesgosa como lo es una pandemia.

Pretender que los Docentes y Auxiliares asistan normalmente, como plantea la norma, atenta contra el objetivo de impedir la propagación de la pandemia y el cuidado de Docentes, Auxiliares y de toda la comunidad educativa.

En consecuencia, solicito que con carácter de URGENTE y perentorio *SE MODIFIQUE DICHO ARTÍCULO y se le otorgue facultades extraordinarias, tanto al Equipo Directivo de las Escuelas como al Cuerpo de Inspectores, para resolver en cada territorio guardias mínimas de acuerdo a la normativa nacional y provincial, y teniendo en cuenta las particularidades de cada Escuela y de cada comunidad educativa.

 

Que en cada Escuela se proceda a la:

 

– desinfección, desinsectización, desmalezamiento y descacharrización,

– limpieza del establecimiento (aulas, dependencias, salón de usos múltiples, patios y tanques de agua),

– provisión de elementos de higiene necesarios y suficientes que garanticen la profilaxis y la seguridad sanitaria.

Licenciar de forma inmediata, a todo el personal que:

– se encuentre entre los grupos de riesgo,

-aquellos que tengan a su cargo el cuidado de hijos y adultos mayores,

– aquellos que se encuentran en período de cuarentena preventiva,

– como a todo caso que amerite la no concurrencia.

 

Con estas medidas entendemos que se protege a los chicos/as, a los Docentes, a los Auxiliares y al conjunto de la comunidad, aportando a que la pandemia no se extienda en nuestras comunidades y garantizando la alimentación y los aprendizajes de nuestros/as niños/as, jóvenes y adolescentes.

Sin otro particular y esperando una respuesta inmediata saludo a usted atte.

 

Roberto Baradel

Secretario General

SUTEBA

 

Secretaría de Comunicaciones

S.U.T.E.B.A.

 

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