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San Miguel del Monte – Acosada Abusada en su trabajo: una joven denuncia en pleno centro de la ciudad.

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Acosada en su trabajo: una joven denuncia abuso en pleno centro. Morena Priscila Cebreros, relató cómo dos hombres ingresaron al local donde trabaja y uno de ellos la sometió, tocándola y besándola a la fuerza. La víctima pidió ayuda a través de las redes sociales para identificar a los agresores, que permanecen prófugos.

San Miguel del Monte, Provincia de Buenos Aires – Una joven de 19 años vivió una tarde de terror mientras trabajaba en un local comercial del centro de esta ciudad vecina a Cañuelas. Morena Priscila Cebreros denunció que el pasado 2 de enero, alrededor de las 18:30, dos hombres ingresaron al establecimiento ”centrico  y uno de ellos la agredió sexualmente.

Según consta en la denuncia radicada en la Comisaría de la Mujer, la joven se encontraba acomodando productos en la vidriera cuando observó pasar a dos individuos por la vereda. Al notar su presencia, los sujetos dieron media vuelta y se dirigieron al local. Uno de ellos, vestido con remera a rayas (negro, celeste y azul), pantalón corto oscuro y gorra negra y azul, se quedó parado en la puerta haciendo de “campana”. El otro, con remera gris y bermuda de jeans, ingresó, saludó a Morena y, de repente, se le abalanzó por detrás.

“Me tocó por todo el cuerpo y me besó contra mi voluntad”, relató la víctima en su testimonio policial. El sujeto la sujetó fuertemente, le recorrió el cuerpo por encima de la ropa y le besó el rostro y el cuello, mientras le decía “lo linda que estaba”. Morena, forcejeando y dando manotazos, logró zafarse y agarrar su celular para pedir ayuda. En ese instante, el cómplice que estaba en la puerta advirtió: “Vayámonos, que va a llamar a la policía”. Ambos huyeron con dirección a la laguna, por la calle Martín Rodríguez.

Un llamado desesperado a la comunidad

Tres días después del hecho, Morena publicó en su perfil de Facebook un relato en primera persona junto a imágenes de las cámaras de seguridad de un comercio lindante, donde se ve a los dos hombres de espaldas.

“Quería hacer esta denuncia pública. Ya encontré las caras (me pasaron las imágenes)… Hoy por la tarde uno de ellos entró y comenzó a ‘abusar’ de mí, tocándome y dándome besos, me abrazaba para que no me pudiera mover… Yo solo estaba en mi lugar de trabajo y se apoderaron de mí en segundos. Si no atinaba a agarrar el celular, no sé qué hubiese pasado”, escribió la joven.

En su publicación, describe a los agresores como hombres de entre 35 y 40 años y pide ayuda a la comunidad para identificarlos: “Si alguien los reconoce, aunque sea, o llega a tener alguna cámara que pueda aportar, sería de gran ayuda. Comparto para poder encontrarlos y para que a ninguna otra persona le pase”.

La búsqueda de justicia

Morena aseguró a las autoridades que nunca antes había visto a estos hombres. No recordó tatuajes o cicatrices distintivas, pero sí que el agresor que la tocó tenía barba. Ante la falta de testigos directos –en ese momento estaba sola en el local–, las imágenes de las cámaras de seguridad se convirtieron en una prueba crucial.

La Oficial Principal Erica Valeria Medina, a cargo de la actuación, le notificó a la víctima sobre la posibilidad de solicitar un botón antipánico, dada la situación de vulnerabilidad y el hecho de que los agresores siguen sin identificar.

La denuncia ya está en manos de la Justicia. Mientras tanto, el relato de Morena recorre las redes sociales de San Miguel del Monte y localidades aledañas, no solo como un pedido de colaboración, sino también como una alerta para otras mujeres y un grito contra la impunidad.

PARA TENER EN CUENTA:

· Hecho: Abuso sexual en lugar de trabajo.
· Víctima: Morena Priscila Cebreros.
Av. San Martín, San Miguel del Monte.
· Fecha y hora: 2 de enero de 2026, aproximadamente 18:30 hs.
· Sospechosos: Dos hombres de 35/40 años. Uno con remera gris, bermuda de jeans y barba; otro con remera a rayas, gorra negra y azul, y pantalón corto oscuro.

· Pedido de la víctima: Difusión de las imágenes y aporte de cualquier información que ayude a identificarlos.

Si usted tiene información, puede comunicarse de manera anónima con la Comisaría de la Mujer más cercana.

Marco Legal Aplicable al Caso

A continuación, se detallan las normas del Código Penal y del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires que resultan relevantes para este tipo de hechos:

CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN (Ley 11.179)

· Artículo 119: Abuso sexual con acceso carnal. Será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de violencias o amenazas, abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo.
· Artículo 119 bis: Abuso sexual gravemente ultrajante. Será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años, si el hecho se cometiere: 1. Por dos o más personas; 2. Con acceso carnal por vía anal, bucal o vaginal; 3. Aprovechando el cohecho, la intimidación pública o la conmoción pública; 4. Con violencia o amenazas que implicaran un grave riesgo para la vida o la salud de la víctima.
· Artículo 120: Abuso sexual simple. Será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años el que, sin incurrir en los delitos previstos en los artículos 119, 119 bis y 124, realizare alguna de las acciones previstas en los mismos artículos. (Este artículo cubre los tocamientos y actos sexuales no constitutivos de acceso carnal, cometidos sin consentimiento, como los denunciados en este caso).
· Artículo 132: Acoso sexual. Será reprimido con multa la persona que, con el fin de acceder a una relación o performance sexual no consentida, hostigare a otra mediante pedidos, requerimientos, insinuaciones o cualquier otra conducta abusiva relacionada con su condición sexual, que afecte su dignidad, su libertad de acción o le cause un perjuicio en su situación laboral, docente o profesional.

CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (Ley 14.834)

· Artículo 165: Inicio de la acción penal. La acción penal se ejercerá por denuncia o de oficio. En los delitos dependientes de instancia privada, la acción penal se ejercerá por querella.
· Artículo 175: Declaración de la víctima. El Ministerio Público Fiscal debe tomar declaración a la víctima del delito, en un lugar adecuado que preserve su intimidad y dignidad, procurando evitar la revictimización. Se le informará sobre sus derechos y el curso del proceso.
· Artículo 195: Medidas de protección. El juez, a pedido del fiscal o de la víctima, podrá dictar medidas de protección para garantizar la seguridad e integridad de la víctima, testigos o familiares, tales como la prohibición de acercamiento o comunicación, dispositivos de alerta (botón antipánico) o la asignación de custodia.
· Artículo 250: Prisión preventiva. El juez podrá decretar la prisión preventiva del imputado cuando, existiendo elementos de convicción suficientes, exista un peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación. En delitos contra la integridad sexual, se considera especialmente el riesgo para la víctima o la comunidad.

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6 de enero de 2026

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