Un fallo histórico de Ramos Padilla suspende a García-Mansilla y bloquea el juramento de Lijo.

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Un fallo histórico de Ramos Padilla suspende a García-Mansilla y bloquea el juramento de Lijo.

La Plata, 3 de abril de 2025 En un revés judicial para el Gobierno nacional, el Juzgado Federal N° 2 de La Plata ordenó este jueves la suspensión inmediata de Manuel José García-Mansilla como juez, en comisión de la Corte Suprema de Justicia (CSJN) y prohibió el juramento de Ariel Lijo, ambos designados por decreto del presidente Javier Milei.

El magistrado Alejo Ramos Padilla fundamentó su decisión en la «vulneración del procedimiento constitucional», al considerar que los nombramientos omitieron el requisito de acuerdo del Senado, establecido en el artículo 99, inciso 4 de la Constitución Nacional.

La acción legal. una candidata y dos abogados contra el decreto
La medida cautelar fue impulsada por una acción de amparo colectivo presentada por María Eva Koutsovitis, presidenta del partido Unidad Popular (UP) en la Ciudad de Buenos Aires y candidata a legisladora porteña por la alianza Confluencia por la Igualdad y la Soberanía.

La acompañaron los abogados Jonatan Baldiviezo, del Observatorio del Derecho a la Ciudad, y Fernando Cabaleiro, de la organización Naturaleza de Derechos.

En su resolución, Ramos Padilla destacó que las designaciones «en comisión» amenazan la independencia judicial y la división de poderes, y recordó que la CSJN cuenta con herramientas legales para cubrir vacantes sin recurrir a figuras excepcionales. «El Poder Ejecutivo no puede sustituir al Congreso en una función constitucionalmente reservada.

Esta sentencia reafirma que la Corte Suprema no es un botín político. Milei intentó burlar la Constitución, pero la Justicia le puso límites», declaró la candidata, quien busca un escaño en la Legislatura porteña en las elecciones de mayo.

Por su parte, Baldiviezo advirtió sobre el riesgo de que el Gobierno «vacíe garantías judiciales»: «El decreto 137/2025 es parte de un plan para concentrar poder y debilitar controles. Hoy la Justicia le dijo que no».

La polémica constitucional: ¿designación en comisión o “dedocracia”?

El Gobierno defendió los nombramientos apelando al artículo 99, inciso 19 de la Constitución, que permite designaciones temporales en cargos críticos. Sin embargo, el fallo rechazó esta interpretación: «No corresponde aplicar una norma excepcional para un cargo vitalicio como el de la Corte», señaló Ramos Padilla, dando tres meses para resolver el fondo de la cuestión.

Juristas consultados por este medio coincidieron en que el fallo sienta un precedente contra la discrecionalidad en la designación de jueces. «Es un mensaje claro: sin acuerdo del Senado, no hay Corte», resumió la constitucionalista Laura Álvarez.

La resolución llega en un año clave para la oposición, que busca capitalizar el desgaste de las políticas de Milei. Koutsovitis, figura emergente de la izquierda porteña, ha centrado su campaña en denunciar lo que llama desmantelamiento neoliberal de derechos». Su alianza, que incluye a sectores sociales y sindicales, apuesta a consolidarse como alternativa en la Ciudad.

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